Con el objetivo de que el conocimiento, el potencial científico continúen generando en función del desarrollo del país y de la calidad de vida de la población, se han venido trazando en diferentes momentos de la historia, nuevas políticas de ciencia, tecnología e innovación (CTI).
Las actividades de CTI son sistemáticas y están estrechamente relacionadas con la producción, difusión y utilización del nuevo conocimiento en los diferentes campos de la ciencia y la tecnología con impacto en la economía y la sociedad (Investigación y Desarrollo (I+D), la innovación, los servicios científicos y tecnológicos, las producciones especializadas, las actividades de interface y la transferencia de tecnología).
La CTI cuenta con actores sociales que se relacionan con esta actividad, sus interacciones, la base jurídico-metodológica correspondiente y se reconoce su expresión en los niveles nacional, sectorial y territorial; sus componentes fundamentales, principios, objetivos y organización.
De ahí que a partir del 2014, comenzó una transformación del sistema de ciencia, tecnología e innovación (SCTI): pues en ese año se aprobó la política para el reordenamiento de las entidades de CTI y en el 2016 la política del sistema de propiedad industrial.
En el 2018 comenzó a tener lugar la política para la creación de los parques científicos tecnológicos, el vínculo de las universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación con las entidades productivas y de servicios. En ese mismo año se aprobó la política para la definición y creación de empresas de alta tecnología y la política para la reorganización del SCTI.
Al año siguiente, en el 2019 apareció la política para el uso de los organismos genéticamente modificados en la agricultura cubana. El pasado 2020, se comenzó a implementar la política para el perfeccionamiento del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) y en el que transcurre, la política integral para la tecnología.
De esta manera también surgieron nuevas normas jurídicas del sistema de CTI:
• Decreto Ley No. 323/2014 “De las Entidades de Ciencia, Tecnología e innovación”.
• Decreto Ley No. 336/2016 “De las disposiciones contractuales de propiedad industrial en los negocios jurídicos”.
• Decreto No. 363/2019 “De los Parques Científicos y Tecnológicos y de las Empresas de Ciencia y Tecnología que funcionan como interface entre las universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación con las entidades productivas y de servicios”.
• Decreto 02/2020 “Creación de Empresas de Alta Tecnología”.
• Decreto Ley 04/2020 ‘’De la Comisión Nacional para el uso de los organismos genéticamente modificados en la agricultura cubana’’.
• Decreto Ley 28/2021 “De los Consejos Técnicos Asesores”.
• Decreto Ley No. 07/2020 “Del Sistema de Ciencia, Tecnología e innovación”.
• Decreto No.40/2021 “Reglamento del Decreto Ley “Del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Otras normas complementarias:
Resolución No. 165/2014 del CITMA “Reglamento para el Consejo Científico de las entidades de Entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Resolución 286/2019 del CITMA “Reglamento para la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Resolución 287/2019 del CITMA “Reglamento para el Sistema de Programas y Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
Resolución 434/2019 del MFP “Tratamiento tributario y arancelario de las empresas de ciencia y tecnología y los Parques Científico y Tecnológicos”.
Resolución No. 128/2020 del MFP “Procedimiento para las actividades autofinanciadas de ciencia, tecnología e innovación que se aprueban en las unidades presupuestadas”.
Resolución No. 208/2021 del CITMA “Sistema Nacional de Categorías Científicas y Tecnológicas’’.
Resolución No. 209/2021 del CITMA “Procedimiento para el otorgamiento de los premios siguientes: Premio de la Academia de Ciencias de Cuba; Premio a la Innovación; y Premio Especial del Ministerio’’.
Resolución No. 210/2021 del CITMA “Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local’’.
Resolución No. 211/2021 del CITMA “Condición de Empresa Innovadora de la República de Cuba y su Procedimiento’’.
Resolución No. 212/2021 del CITMA “Cuantía de la remuneración por una innovación o racionalización’’.
El respaldo organizacional al funcionamiento del sistema de CTI está reflejado en los 10 Decretos leyes promulgados, los 12 decretos y 28 resoluciones, así como los acuerdos del Consejo Nacional de Innovación (CNI), todos relacionados con:
Reorganización del Sistema CTI.
Reorganización de las ECTI.
Propiedad Industrial.
Empresas de Alta Tecnología (EAT).
Parques Científico Tecnológicos (PCT) e Interfaces.
Organismos Genéticamente Modificados (OGM) en la Agricultura.
Normalización, Metrología, Calidad y Acreditación.
Inocuidad de los Alimentos
Autoridades Nacionales Reguladoras.
El Decreto-Ley 7/2020 “Del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación (SCTI)”
- Se define por primera vez en una norma de alto rango, el Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de la República de Cuba, sus componentes fundamentales, principios, objetivos y organización.
- Implementa el mandato constitucional expresado en el artículo 21 de que “el Estado promueve el avance de la ciencia, la tecnología y la innovación como elementos imprescindibles para el desarrollo económico y social”.
- Se definen los sujetos participantes en la dirección del sistema y sus responsabilidades a todos los niveles.
- Se definen los elementos conceptuales que respaldan las transformaciones del sistema.
- Se define un sistema más abierto, inclusivo y participativo.
El Decreto No.40/2021 Reglamento del Decreto-Ley 7 “Del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación (SCTI)” recoge: - Los componentes del SCTI.
- Las funciones del CITMA como organismo rector.
- Las funciones comunes de los participantes en el SCTI.
- Potencial científico y tecnológico. Categorías científicas y tecnológicas y el funcionamiento de las Comisiones.
- De las prioridades de la actividad de ciencia, tecnología e innovación (ACTI).
- De la planificación y financiamiento.
- De los programas y proyectos, los sujetos participantes y sus responsabilidades.
- De la evaluación y control.
- De la remuneración.
El Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación (SCTI) con el Decreto LEY 7/2020 Ley 7/2020 tiene como Objeto:
Establecer las bases para el diseño y el funcionamiento del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación (SCTI).
El sistema se orienta a: - Contribuir al perfeccionamiento de la dirección de nuestra sociedad socialista, la formación de valores y la preservación de la identidad cultural y del medio ambiente, la defensa y seguridad nacional y la integración internacional.
- Participar con actividades de mayor contenido tecnológico en la conformación del Producto Interno Bruto, el logro del equilibrio financiero interno y externo, así como en la elevación de la calidad de vida y el bienestar de la población; y
- Incrementar el aporte de la ciencia, la tecnología y la innovación, al desarrollo económico, social y medioambiental, mediante la integración entre sus componentes y los requerimientos de la sociedad;
De los componentes, objetivos y principios del sistema:
Componentes: - Órganos del Estado y del Gobierno,
- Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en su papel de rector,
- Organismos de la Administración Central del Estado y las Entidades Nacionales,
- Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial,
- Órganos Locales del Poder Popular,
- Academia de Ciencias de Cuba, como órgano consultivo,
- las personas jurídicas y naturales que participan de forma directa en la ejecución de las actividades de ciencia, tecnología e innovación en particular las Entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación y las Universidades;
- las entidades que realizan actividades de integración, vinculación y cooperación entre los diferentes participantes en el sistema como la ANIR y las BTJ.
- la base jurídico-metodológica, integrada por la Constitución de la República, el presente Decreto-Ley, las disposiciones complementarias que de él se deriven y las demás normas y documentos metodológicos que rigen el funcionamiento del sistema.
Objetivos: - Fomentar la generación, asimilación y aplicación de conocimientos y tecnologías;
- incrementar la investigación y la innovación en el campo de las ciencias sociales y fortalecer su utilización en todos los sectores y niveles de dirección,
- contribuir a la formación de valores y al fortalecimiento de la conciencia nacional;
- estimular y propiciar el aprendizaje y la innovación en las esferas de la vida económica y social del país en todas las instancias,
- incrementar el aporte de la CTI para el desarrollo económico y social, mediante la integración entre sus actores, en cumplimiento de los requerimientos de la sociedad;
- participar con actividades de mayor contenido tecnológico, en la conformación del producto interno bruto (PIB), el logro del equilibrio financiero interno y externo, la elevación de la calidad de vida y el bienestar de la población;
- contribuir al perfeccionamiento de la dirección de nuestra sociedad socialista, la formación de valores y la preservación de la identidad cultural y del medio ambiente, la defensa y seguridad nacional y la preservación de la independencia de la nación e integración con el escenario internacional;
- establecer un sistema de reconocimiento y premiación para los resultados de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y su impacto en el desarrollo económico y social del país;
- promover la elaboración de la estrategia de desarrollo tecnológico nacional; y divulgar los resultados tanto nacionales como internacionales, de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y promover la creación de una cultura científica, tecnológica e innovadora en la sociedad.
Es el CITMA, organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la implementación de la política del Estado y del Gobierno en materia de ciencia, tecnología e innovación (CTI) y el responsable de la dirección y organización del sistema y tiene como funciones: - Proponer estrategia de CTI.
- Definir prioridades de CTI.
- Asignar recursos.
- Supervisión implantación políticas.
- Programas nacionales de CTI.
- Evaluar efectividad sistema.
Para definir y reforzar el papel rector del CITMA está la Constitución de la República de Cuba que en su Artículo 8 dice que:
En la organización del Sistema participan los órganos del Estado, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, los órganos locales del Poder Popular, las organizaciones superiores de dirección empresarial, las empresas, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano o mixto, así como las empresas de capital totalmente extranjero, las entidades de ciencia y tecnología, las unidades presupuestadas, en particular las entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación, las instituciones de educación superior y en general el Sistema Educativo del país a todos los niveles, los bancos, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias y las personas naturales.
Las normas definen las responsabilidades de los órganos, organismos, organizaciones, gobiernos y entidades en la implementación del sistema a todos los niveles